Una resolución judicial dispuso una incautación que afecta a la expresidente y a sus hijos Máximo y Florencia por la apropiación de recursos públicos mediante contratos de obra pública.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Buenos Aires dispuso el decomiso de bienes inmuebles de Cristina Kirchner y Lázaro Bárez junto con otros condenados por las sumas de dinero de un valor actualizado de $684.990.350.139,86.

Esta resolución se da en el marco de la causa por administración fraudulenta contra el Estado del caso Vialidad, según la resolución firmada el 18 de noviembre de 2025.

La medida alcanza a Lázaro Báez, Cristina Fernández de Kirchner, otras personas condenadas, diversas sociedades vinculadas y también a Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en carácter de titulares de bienes identificados durante la investigación.

La sentencia -que quedó firme el 10 de junio de 2025- había establecido originalmente un decomiso por $84.835.227.378,04. Sin embargo, tras un nuevo análisis del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, de expertos oficiales y del Ministerio Público Fiscal, el TOF adoptó la metodología de actualización propuesta y elevó el monto a casi $685 mil millones.

Los condenados fueron intimados a pagar voluntariamente, pero no cumplieron con la obligación, motivo por el cual se avanzó con el decomiso.

Qué bienes serán decomisados

El tribunal dispuso que el decomiso recaiga sobre:

Inmuebles pertenecientes a Austral Construcciones SA, Kank & Costilla SA, Gotti Hnos. SA, Loscalzo y Del Curto SRL.

Propiedades vinculadas a Máximo y Florencia Kirchner, identificadas como parte del circuito patrimonial analizado.

Bienes de Nelson Periotti, José López, Mauricio Collareda, Raúl Pavesi y Raúl Daruich, en caso de que los activos ya decomisados no alcancen para cubrir el total.

El tribunal también facultó a la Fiscalía a seguir identificando activos adicionales que pudieran provenir del delito, incluso si fueron transformados, sustituidos o mezclados con bienes de origen lícito, siempre que exista una vinculación temporal y económica razonable con la maniobra.

 

Cómo la Fiscalía reconstruyó el patrimonio investigado

El Ministerio Público Fiscal fue el encargado de precisar el origen y destino de los fondos investigados y de identificar las propiedades adquiridas por los condenados entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, período considerado clave en el esquema de obra pública adjudicada de manera irregular en Santa Cruz.

Los fiscales individualizaron bienes que, según el tribunal, constituyen: Instrumentos del delito,

efectos directos e indirectos, o provecho económico obtenido por las maniobras investigadas.

Los argumentos de las defensas

Los abogados de Báez, Cristina Fernández de Kirchner, Raúl Pavesi, Carlos Ganora, y los representantes de Máximo y Florencia Kirchner pidieron rechazar el decomiso y sostuvieron que:

No existe nexo causal acreditado entre los bienes y el delito.

Hubo falta de prueba suficiente.

Se vulneran garantías constitucionales.

El decomiso alcanza propiedades adquiridas antes del ejercicio de cargos públicos.

La medida incluye bienes ya investigados en otras causas con sobreseimientos firmes.

El tribunal, sin embargo, consideró que la sentencia firme ya acreditó la existencia de beneficios económicos para Báez y la familia Kirchner derivados de la adjudicación irregular de obra pública y que los bienes cuestionados están comprendidos dentro de los instrumentos y efectos del delito, incluso cuando figuren a nombre de terceros no considerados “adquirentes de buena fe”.

 

Fundamentos legales e internacionales

La resolución se apoyó en normativa nacional e internacional, entre ellas:

Convención de la ONU contra la Corrupción,

Convención Interamericana contra la Corrupción,

Jurisprudencia de la Corte Suprema sobre recuperación de activos ilícitos.

De acuerdo con estos estándares, el Estado tiene la obligación de recuperar bienes derivados de delitos de corrupción, aun cuando hayan sido transformados o transferidos a terceros.

 

Qué pasará con los bienes decomisados

El Tribunal ordenó:

Inscribir los bienes en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y Comisados.

Notificar a la Corte Suprema para que determine el destino final de los inmuebles, conforme a las reglas vigentes.

Priorizar la reparación del daño causado al Estado y a la sociedad, como objetivo central del decomiso.

Además, aclaró que la Fiscalía mantiene la facultad de localizar nuevos activos durante la ejecución de la sentencia, siempre que se ajusten a los parámetros jurídicos definidos.