Lo ratificó el doctor “Café” Giménez luego de conocerse el fallo sin precedente del STJ de Corrientes, que prohíbe a la Municipalidad libreña exigirle a un ciudadano el pago de multas para obtener el carné de conductor.
El abogado Edgar “Café” Giménez analizó un reciente y trascendental fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes que marca un antes y un después en materia de tránsito y derechos ciudadanos en la provincia.
La resolución, que definió una causa iniciada en 2022, establece que el Municipio de Paso de los Libres no puede exigir el pago de multas como condición para renovar u otorgar la licencia de conducir, una práctica extendida durante años y naturalizada por costumbre más que por respaldo legal.
En su columna semanal Consultoría Jurídica, en PONELE H Radio-TV, Giménez explicó que el fallo confirma decisiones previas de instancias inferiores, donde ya se había dado la razón a un ciudadano que consideró inconstitucional esta exigencia.
“Se analizaron tres niveles del Poder Judicial y todos coincidieron en que no existe ninguna norma que habilite a los municipios a imponer ese requisito”, remarcó.
El letrado subrayó que la medida vulneraba derechos constitucionales fundamentales, como el derecho a circular y a trabajar, ya que impedir la renovación del carné afectaba directamente la vida cotidiana de las personas. Y en ese sentido, destacó que la acción judicial iniciada -un amparo- fue clave para visibilizar una práctica que muchos aceptaban sin cuestionar.
Multas personales
Uno de los puntos centrales que se debe tener en cuenta es que las multas de tránsito son personales y no están ligadas al vehículo en sí. Por lo tanto, existen mecanismos legales específicos para su cobro -como los juicios de apremio- que deben seguir su curso independiente, sin interferir en la emisión de licencias.
“El Municipio tiene herramientas para cobrar, pero no puede usar la licencia como mecanismo de presión”, explicó Giménez. A la vez que advirtió que muchas veces los ciudadanos ni siquiera eran notificados correctamente de las infracciones, lo que agravaba la situación al impedir el ejercicio del derecho de defensa.
El fallo también pone en cuestión el uso del llamado “poder de policía” municipal, que fue el argumento utilizado por la representación legal del Municipio de Libres para justificar esta práctica.
Sin embargo, el máximo tribunal de la Provincia fue claro al indicar que ni la legislación vigente ni los convenios con organismos como la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) contemplan el pago de multas como requisito para obtener el carné.
Respetar canales legales
Corresponde aclarar que esta resolución no implica que las multas no deban pagarse. “No se trata de fomentar el incumplimiento, sino de respetar los canales legales. Una cosa es la obligación de pagar y otra muy distinta es condicionar un derecho”, sostuvo el doctor Giménez.
El impacto del fallo del STJ será amplio. Al tratarse de una decisión del máximo tribunal provincial, sienta un precedente que deberá ser aplicado en todos los municipios de Corrientes. Lo que abre la puerta a que cualquier ciudadano pueda exigir la renovación de su licencia sin necesidad de saldar previamente sus infracciones.
Finalmente, el abogado “Café” Giménez reflexionó sobre el rol de la ciudadanía y la importancia de conocer los derechos. “Muchas veces se aceptan situaciones por desconocimiento o necesidad. Este caso demuestra que vale la pena cuestionar cuando algo no está bien”, enfatizó al respecto.
Con esta resolución, la Justicia correntina redefine una práctica arraigada y obliga a repensar el vínculo entre el Estado y los ciudadanos, en un equilibrio donde la legalidad y los derechos deben estar siempre por encima de la costumbre.

