El Gobierno nacional publicó esta madrugada el decreto que firmó el Presidente el viernes. La ley quedará sin vigencia hasta que se debata en ambas cámaras. La oposición quiere revertir la impugnación de la Casa Rosada.
Se publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto de Javier Milei que veta de manera total la reforma jubilatoria que aprobó el Congreso hace unas semanas. “Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el N°27.756″, señala el decreto presidencial.
El Gobierno cuestiona en el escrito que “el proyecto de ley sancionado por el Congreso es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.
“El propio reglamento de la Cámara de Senadores en su artículo 126 prevé que ‘todo proyecto que importe gastos incluirá en sus fundamentos la estimación de tales erogaciones e indicará la fuente de financiamiento. De no ser así, no se discutirá en las sesiones hasta tanto la omisión no sea subsanada’”, advirtió.
También afirma que el Congreso “debe actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación sea inconveniente para las cuentas públicas, o que contradiga la proyección de ingresos y distribución de gastos prevista en el Presupuesto Nacional”.
El Presidente advierte que “el Presupuesto vigente para el ejercicio 2024 en ejecución no contempla una partida que permita hacer frente al gasto que representaría para el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) la medida adoptada a través del proyecto de ley sancionado”.
“Esta Administración tiene como objetivo primordial la emisión monetaria cero a efectos de eliminar de raíz la crisis inflacionaria que socava el poder adquisitivo de los argentinos”, remarca el decreto.
El Gobierno asegura que “seguirá generando las condiciones necesarias para evitar el deterioro de los haberes, de la solvencia fiscal y el crecimiento genuino”.
“Por todo lo expuesto y a los fines de que el país continúe en la senda de la estabilidad y el crecimiento, corresponde que el Poder Ejecutivo Nacional recurra a la herramienta constitucional del veto total de la iniciativa legislativa que le ha sido remitida”, dice el decreto.
El viernes, Javier Milei se reunió con legisladores del PRO, del MID y de La Libertad Avanza para expresarles las razones del veto. El Presidente quiso asegurarse que los bloques aliados en Diputados no acompañen el rechazo al veto que prepara la oposición. Apuntó además a que Óscar Zago (MID) vuelva a acercarse al oficialismo a través de un interbloque.
Tras la decisión firmada por el Presidente, la disputa por el aumento de los haberes a los jubilados no está terminada: el veto de Milei deberá ser tratado por el Congreso. Si el Gobierno no consigue blindar alguna de las dos Cámaras y la oposición logra dos tercios de los votos en Diputados y Senadores, la reforma jubilatoria deberá ser promulgada.
La reforma que está en cuestionamiento pone fin a la vieja fórmula que Javier Milei dispuso mediante el DNU N°274 y establece la recuperación de los haberes previsionales. Sus principales puntos son:
Actualización de los haberes de forma mensual en línea con el índice de precios (IPC) que publica el INDEC. En ningún caso, su aplicación podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario.
La aplicación en marzo de un 50% de aumento adicional en función de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación de la inflación del año anterior.
Un extra del 8,1% en los haberes de jubilados y pensionados en concepto de recomposición. Es decir, un adicional al 12,6% que recibieron en marzo.
Un plus de la ANSES para aquellos que cobren un solo beneficio previsional, para que sea utilizado en carácter alimentario. Será igual al valor de la Canasta Básica Total de un adulto multiplicado por 1,09.
Los cambios que quiere el Gobierno
El Poder Ejecutivo quiere cambiar el proyecto de la reforma jubilatoria. Es por eso que, a través del vicejefe de gabinete, José Rolandi, y la secretaria de Planeamiento Estratégico, María Ibarzabal, quisieron impulsar modificaciones en los artículos 2, 4 y 10 de la ley.
Se trata del aumento adicional al sistema previsional representado en el anual del 50% de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Incluye además la garantía de un haber previsional mínimo que no sea inferior al último valor de la canasta básica por adulto que fija el INDEC muliplicado por 1,09.