El abogado Edgar Giménez explicó las diferencias legales entre ambas formas de convivencia y advirtió sobre las consecuencias que pueden aparecer cuando existen bienes, hijos y, especialmente, ante el fallecimiento de uno de los integrantes de la pareja.

En una nueva edición de su columna Consultoría Jurídica, en PONELE H Radio-TV, el abogado Edgar “Café” Giménez abordó un tema que suele generar confusión: la diferencia entre estar casado y mantener una unión convivencial.

Aunque para muchas parejas la convivencia puede parecer equivalente al matrimonio en la vida cotidiana, desde el punto de vista jurídico existen diferencias importantes, especialmente en materia de bienes y derechos sucesorios.

Giménez puso el foco en una situación que muchas parejas no suelen considerar mientras todo funciona normalmente: qué ocurre cuando uno de los integrantes fallece.

En el matrimonio, explicó, el cónyuge sobreviviente cuenta con derechos hereditarios, mientras que en una unión convivencial esa protección no es equivalente.

La diferencia puede resultar determinante cuando existen bienes adquiridos durante años de esfuerzo conjunto, como una vivienda o un automóvil.

En una unión convivencial, además, la titularidad de los bienes adquiere especial importancia. Si un bien no está registrado a nombre de ambos integrantes de la pareja, quien no figura como titular puede quedar en una situación de gran vulnerabilidad.

Durante la exposición del doctor “Café” Giménez surgió una frase que resume buena parte de la problemática: no alcanza con pensar que matrimonio y convivencia son simplemente dos formas diferentes de estar en pareja. Aclaró que su planteo no busca cuestionar la decisión de quienes eligen no casarse; pues esa elección debe ser respetada.

El objetivo es que las personas conozcan las consecuencias legales de esa decisión y puedan organizarse adecuadamente.

La situación puede complicarse aún más cuando existen hijos menores de edad o cuando no hay descendientes y deben intervenir otros familiares en una sucesión.

El letrado también llamó la atención sobre otra cuestión frecuente: la falta de planificación patrimonial dentro de las familias.

Muchas veces, señaló, las personas viven el día a día sin pensar en lo que ocurrirá en el futuro. Sin embargo, cuando llega un fallecimiento, pueden aparecer conflictos entre familiares y dificultades para disponer de bienes que fueron construidos con años de esfuerzo.

Por eso, consideró importante asesorarse y ordenar las cuestiones patrimoniales con anticipación, incluso cuando se trata de decisiones que pueden resultar incómodas de abordar dentro de una familia.

La conversación también permitió reflexionar sobre la posibilidad de organizar la distribución de los bienes en vida.

Giménez señaló que, de acuerdo con cada situación particular, existen mecanismos que permiten ordenar el patrimonio y, al mismo tiempo, conservar determinados derechos sobre los bienes durante la vida.

La planificación, sostuvo, puede evitar futuros enfrentamientos entre hermanos y familiares y brindar mayor tranquilidad a todos.

El mensaje final del abogado fue una invitación a no esperar a que aparezca el problema para consultar.

Cada familia y cada patrimonio tienen características diferentes, por lo que el asesoramiento profesional resulta fundamental antes de tomar una decisión.

Más allá de elegir el matrimonio o una unión convivencial, conocer los derechos y obligaciones que genera cada situación permite tomar decisiones con mayor información y, sobre todo, evitar que una familia tenga que resolver en medio del dolor lo que podría haberse previsto con anticipación.

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