La norma fue aprobada hoy en la Cámara de Diputados de la Provincia e incluye al FODIN a las personas humanas con participación estatal, Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM), Sociedades del Estado y aquellas sociedades público-privadas.
La Cámara de Diputados, presidida por Pedro Cassani, sancionó sobre tablas la ley que lleva el número 6.681, por la cual se modifica el artículo 5 de la Ley N°5.684 que crea el Fondo Fiduciario de Desarrollo Industrial (FODIN), autoría del senador Noel Breard y otros senadores.
“La modificación tiene por objeto ampliar los beneficiarios. En este caso, se incluye a las personas humanas con participación estatal, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria (SAPEM), Sociedades del Estado como así también aquellas sociedades público-privadas”, señaló el diputado Norberto Ast, presidente de la comisión de Hacienda, Presupuesto e Impuestos, remarcando que el objetivo mayor de promover y desarrollar la actividad industrial en la provincia, tendrá un campo de acción mucho mayor al incorporar más actores.
Por otra parte, la Cámara baja otorgó media sanción a la adhesión a la denominada “Ley Johanna” normativa nacional que lleva el número 27.733 de “Procedimientos Médico-Asistenciales para la Atención de Mujeres y Personas Gestantes frente a la muerte perinatal”, la que apunta a generar herramientas para los profesionales de la salud a fin erradicar prácticas violentas médico-obstétricas e institucionales que padecen quienes deben transitar partos y puerperios de hijos sin vida.
La iniciativa fue presentada por varios diputados: Aída Díaz y Francisco Podestá, Ariel Báez y Egui Benítez, tras la sanción de la ley nacional que data del 29 de septiembre último, considerada una herramienta legal para la correcta atención de mujeres que deben atravesar la muerte de su bebé durante la gestación o en el parto.
En efecto, la norma que necesita adhesión de las provincias, dispone para dichas mamás en duelo “el derecho a recibir información sobre lactancia, métodos de inhibición y/o donación; a recibir tratamientos médicos y psicológicos post internación a fin de reducir la prevalencia de trastornos derivados de duelos crónicos y a su debido seguimiento, contemplando el abordaje desde la especificidad de la salud mental perinatal”.
También apunta a que los profesionales de la salud que intervengan en el momento del parto posean conocimiento sobre los “procedimientos de actuación estandarizados que faciliten la atención sanitaria de aquellas personas gestantes y familias que sufren una muerte perinatal” (entre la semana 22 hasta 7 días después del nacimiento).
Además, plantea que se lleven adelante “diversas estrategias para que la persona gestante, pareja y/o familia puedan atravesar y aceptar la pérdida en un ambiente de contención y cuidado”.
En la provincia ya rige la Ley Provincial N°6.113 la que adhiere a la Ley Nacional de Parto Humanizado, que no contemplaba casos de muerte perinatal.
Ley Registro de Coto de Caza
El Proyecto de Ley que crea en la provincia de Corrientes el Registro Provincial de Coto de Caza volvió al Senado con modificaciones.
La Provincia de Corrientes, cuenta con una vasta extensión territorial, y en este caso resulta necesario disponer de normas provinciales que puedan regular y/o mitigar el correcto funcionamiento de la práctica de la caza por razones de protección y conservación de las especies o de seguridad pública.
“El presente proyecto prevé entre otras cosas: marco de regulación que comprende aspectos como las dimensiones que debe tener un coto de caza, la autoría de aplicación que será la Dirección de Recursos Naturales dependiente del Ministerio de Turismo, cómo será la actividad a desarrollarse, su ubicación, comprendiendo también los días en que resulte menos peligrosa. Las distancias mínimas de la práctica desde poblados o lugares de viviendas o circulación”, explicó la diputada Eugenia Mancini, presidente de la comisión de Ecología.
“La posibilidad de que la Policía, la autoridad de aplicación y demás autoridades cuenten, con la información y los recursos necesarios para poder efectuar un control eficiente de la situación, el pago de un canon anual que será proporcional a la cantidad de hectáreas que posee a cada coto, nosotros consideramos desde la comisión de estudio el proyecto, que esta era la manera más equitativa de establecerlo”, acotó.
“En definitiva, lo que se busca con este proyecto de ley es regular una situación que por un lado representa una fuente de ingreso genuino para los propietarios de los predios de Coto; también la generación de empleos; pero al mismo tiempo establecer reglas claras que colaboren con la merma del perjuicio que resulta para cada productor agrícola y ganadero la acelerada reproducción de aquellos animales considerados plaga por ley y por todas las cosas por sobre todas las cosas proteger la seguridad pública principalmente la vida de los habitantes y trabajadores de zonas rurales”, sostuvo.
A Comisión
Por otra parte, el Poder Ejecutivo envió un proyecto de Ley de Adhesión a la Ley de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), creado por Ley N°27.742 “De Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos -BASES-“, el cual pasó a la comisión de Hacienda.
Del mismo modo, los proyectos de ley y resoluciones ingresados al Orden del Día.