La Ordenanza Nº1.433/20 prohíbe expresamente la venta y uso de artículos pirotécnicos generadores de estruendo, tales como morteros, morteros con bomba, bombas y dispositivos de disparos múltiples simultáneos, especialmente aquellos con calibres iguales o superiores a dos pulgadas.
Desde la Municipalidad de Paso de los Libres se recuerda a la comunidad que se encuentra vigente la Ordenanza Nº1.433/20, que prohíbe en todo el ámbito de la ciudad la venta y utilización de pirotecnia de alto impacto sonoro, con el objetivo de proteger la salud pública, el bienestar animal y el cuidado del ambiente.
La normativa, sancionada por unanimidad por el Concejo Deliberante, se fundamenta en lo establecido por la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Corrientes, que garantizan el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y equilibrado, y obligan al Estado a preservarlo para las generaciones presentes y futuras.
La ordenanza apunta especialmente a minimizar los riesgos y daños provocados por la pirotecnia estruendosa, cuyos efectos negativos impactan en personas con trastornos del espectro autista, adultos mayores, bebés, niños, personas con discapacidades cognitivas o neurológicas, enfermos cardíacos y veteranos de guerra, así como también en los animales, que pueden sufrir taquicardia, temblores, dificultad respiratoria, desorientación e incluso la muerte.
Asimismo, se destaca que existen alternativas de pirotecnia lumínica de bajo impacto sonoro, que permite disfrutar de espectáculos de luz y color sin generar sufrimiento ni poner en riesgo la salud de personas y animales.

La ordenanza prohíbe expresamente la venta y uso de artículos pirotécnicos generadores de estruendo, tales como morteros, morteros con bomba, bombas y dispositivos de disparos múltiples simultáneos, especialmente aquellos con calibres iguales o superiores a dos pulgadas, detallados en el anexo técnico de la norma.
En cuanto a las sanciones, la normativa establece multas económicas significativas para quienes incumplan la prohibición, que se incrementan en casos de reincidencia.
Además, en caso de venta de pirotecnia prohibida, la sanción podrá incluir la clausura del establecimiento por un plazo de hasta 90 días.
Todo material secuestrado será decomisado y destruido de manera inmediata, con intervención del Juzgado de Faltas.
La ordenanza también dispone que el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) lleve adelante campañas de información, educación y concientización, con el fin de promover una convivencia responsable y un municipio saludable.
Desde el Municipio de Paso de los Libres se solicita a vecinos el compromiso y la colaboración para respetar la normativa vigente, especialmente en fechas festivas, priorizando el cuidado de la salud, la inclusión, el bienestar animal y el respeto por el entorno.


