El letrado destacó que la seguridad y las garantías constitucionales deben convivir en equilibrio. Conocer los derechos de los ciudadanos, así como las facultades y límites de las fuerzas de seguridad, resulta fundamental para que los procedimientos se desarrollen dentro de la ley y con respeto hacia todas las personas.

En una nueva entrega de su columna Consultoría Jurídica, en PONELE H Radio-TV, el abogado Edgar “Café” Giménez analizó un tema que genera dudas frecuentes entre los ciudadanos: cuáles son los límites de las fuerzas de seguridad durante los controles policiales y qué derechos tienen las personas ante una identificación o una requisa.

En ese marco, explicó que, tanto en rutas como en la ciudad, las fuerzas de seguridad pueden solicitar la documentación personal y del vehículo durante controles de rutina. Destacando que entre los requisitos habituales se encuentran el DNI, la licencia de conducir, la cédula del vehículo, el seguro y la VTV cuando corresponda.

Sin embargo, aclaró que revisar el interior de un automóvil no puede hacerse de manera arbitraria. En términos generales, para ello se requiere una orden judicial fundada o el consentimiento voluntario del conductor.

Además, el doctor Giménez señaló que los perros adiestrados pueden inspeccionar el exterior de los vehículos. Si detectan indicios compatibles con sustancias prohibidas, las fuerzas de seguridad pueden avanzar con una requisa, pero siempre respetando las formalidades legales y la presencia de testigos.

No obstante, puso de relieve que existen situaciones especiales en las que la Policía puede intensificar los controles. Por ejemplo, cuando se investiga un delito ocurrido recientemente y se busca identificar sospechosos o vehículos que podrían estar vinculados al hecho.

En esos casos, las fuerzas cuentan con mayores facultades preventivas, aunque igualmente deben respetar los procedimientos establecidos por la ley.

Otro aspecto central de la columna fue la identificación de personas. Tema sobre el cual Giménez explicó que, cuando una persona no puede acreditar su identidad durante un procedimiento policial, puede ser trasladada a una dependencia para verificar quién es.

Aclaró que esta situación no implica una acusación penal ni significa que la persona haya cometido un delito. Son que el objetivo es únicamente establecer su identidad y, una vez logrado, debe recuperar de inmediato su libertad.

También remarcó que quienes se encuentran en esta situación no deben permanecer junto a personas detenidas por delitos, ya que se trata de circunstancias completamente diferentes.

Frente a un control policial, el especialista recomendó actuar con tranquilidad y colaborar con los agentes. Según explicó, una actitud agresiva o de resistencia puede generar complicaciones innecesarias y prolongar el procedimiento.

Para “Café” Giménez, comprender que muchos controles responden a tareas de prevención ayuda a evitar conflictos y facilita la labor de las fuerzas de seguridad.

Durante la charla también recordó que actualmente las declaraciones con validez procesal deben realizarse ante un fiscal o un juez. La Policía no puede tomar declaraciones autoincriminatorias como ocurría en otros tiempos.

Por ello, cualquier manifestación obtenida mediante presiones, amenazas o situaciones irregulares carece de validez jurídica.

En el tramo final de la columna, Giménez reflexionó sobre la realidad de los docentes que trabajan en escuelas rurales alejadas y la necesidad de reforzar su protección.

Asimismo, sostuvo que delitos complejos como el narcomenudeo y el abigeato requieren más recursos humanos, capacitación específica y una planificación adecuada para que las fuerzas de seguridad puedan enfrentarlos eficazmente.

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