Lo que durante décadas fue sinónimo de trámites interminables, disputas desgastantes y obstáculos burocráticos, hoy puede resolverse en cuestión de semanas. El doctor “Café” Giménez analizó una transformación que cambió para siempre la manera de entender el divorcio en la Argentina.
Persisten en la conversación cotidiana frases que pertenecen más al recuerdo que a la realidad. “No le voy a dar el divorcio” es quizá la más repetida; siendo una expresión que sobrevive en el imaginario popular, pero perdió toda vigencia legal.
Sin embargo, el desconocimiento sigue alimentando la idea de que una persona puede impedir que la otra ponga fin al matrimonio. Mientras que la realidad es muy distinta.
Conforme explicó el abogado Edgar “Café” Giménez en su columna Consultoría Jurídica, en PONELE H Radio-TV, el sistema actual parte de una premisa sencilla: cuando una relación llegó a su fin, el Estado no debe obligar a las personas a permanecer unidas por una decisión que ya no comparten.
Por eso, la voluntad de uno solo de los cónyuges resulta suficiente para iniciar el proceso y obtener la disolución del vínculo matrimonial.
Esta modificación, según el letrado, representa mucho más que un cambio procesal. Supone un cambio de paradigma y demuestra que el divorcio dejó de ser un terreno de confrontación para convertirse en una herramienta jurídica destinada a dar respuesta a una realidad personal y familiar ya consumada.
Claro que el final del matrimonio no implica la resolución automática de todos los problemas que suelen acompañar una separación. Existe una tendencia a mezclar cuestiones que jurídicamente transitan por carriles diferentes.
Giménez señaló que la división de bienes, las cuotas alimentarias, el cuidado de los hijos o las eventuales compensaciones económicas forman parte de discusiones que pueden prolongarse en el tiempo. El divorcio, en cambio, ya no depende de que esos acuerdos estén cerrados; y el vínculo legal puede disolverse mientras esas cuestiones continúan su tratamiento por las vías correspondientes.
Esa diferenciación resulta fundamental para comprender por qué los tiempos se han reducido de manera notable.
El columnista puso el acento en que cuando ambas partes están de acuerdo y firman la propuesta de divorcio, el procedimiento puede resolverse en apenas unos días. Incluso en aquellos casos donde uno de los cónyuges no acompaña la decisión, dado que la oposición ya no constituye una barrera capaz de frenar indefinidamente el proceso.
Detrás de esta lógica existe también una preocupación central, que es proteger a los hijos.
De acuerdo a lo expuesto por el doctor Giménez, cada vez que hay menores involucrados, la atención de la Justicia se orienta a garantizar sus derechos, asegurar condiciones de estabilidad y minimizar el impacto emocional que inevitablemente genera la ruptura familiar.
La discusión ya no gira exclusivamente alrededor de los adultos, sino sobre la necesidad de preservar el bienestar de quienes atraviesan una situación que no eligieron.
En definitiva, el abogado destacó que el denominado divorcio exprés refleja una adecuación del derecho a las transformaciones sociales de las últimas décadas. No promueve las separaciones ni simplifica el dolor que suele acompañarlas; por el contrario, lo que hace es evitar que una decisión ya tomada quede atrapada durante años en procedimientos innecesariamente extensos.
Porque cuando una historia termina, la función de la ley no es prolongar el conflicto, sino ofrecer una salida clara, rápida y ordenada para que cada persona pueda comenzar una nueva etapa de su vida.

