La Ley de Mecenazgo Educativo pasó al Senado con sanción favorable de la Cámara baja correntina, al igual que la aprobación de modificaciones a Convenio Federal entre provincias que evita la superposición de impuestos a contribuyentes.
La Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes votó hoy favorablemente el Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo por el cual se aprueban modificaciones al Convenio Multilateral-Federal del 18 de agosto de 1977, creado para regular la distribución de la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y otros, suscripto por el Gobierno de la Provincia de Corrientes y dispuestas por la Comisión Plenaria del mismo.
A lo largo de los años, dicha comisión emitió múltiples resoluciones orientadas a armonizar regímenes, establecer pautas únicas para los sistemas de retención, percepción y recaudación en todo el país; también implementar sistemas digitales como el Padrón Único Tributario; siendo muy importante para empresarios cuyas empresas radican en provincias de las que no son oriundos.
Cuando se sancione en forma definitiva la ley, la Provincia de Corrientes dará por aprobada las modificaciones que tienen como fin ampliar el número de reuniones anuales y la integración de la comisión, entre otros puntos que hacen a este organismo que coordina los impuestos entre provincias.

El diputado informante de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Eduardo Hardoy, detalló que “Hay un Comité Arbitral donde se decide a qué jurisdicción corresponde cada uno de los impuestos provinciales que tienen que pagar los contribuyentes, dado que hay personas jurídicas o personas físicas contribuyentes que tienen su actividad en varias provincias o actividad industrial o actividad comercial, etcétera.

Este proyecto solamente versa en una cuestión de forma porque se ha reunido en la Comisión plenaria y ha decidido incorporar varias modificaciones”, señaló el legislador para recordar que el acuerdo federal citado entre provincias argentinas tiene como objetivo evitar la doble o múltiple imposición impositiva de impuestos provinciales a los contribuyentes. Por ejemplo, Ingresos Brutos.
Toda la normativa unificada y las resoluciones vigentes emitidas por la Comisión Plenaria y la Comisión Arbitral pueden consultarse directamente en el sitio oficial de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (https://www.ca.gob.ar/).
Ley de Mecenazgo
Asimismo, la Cámara que preside Eduardo Tassano aprobó el Proyecto de Ley que crea el Régimen de Mecenazgo Educativo, destinado a lograr una colaboración entre los establecimientos educativos de la provincia de Corrientes y personas humanas o jurídicas que deseen contribuir con la educación provincial, a los fines de promover la participación del sector privado en el apoyo escolar.
En el artículo 2 del texto votado favorablemente se establece que las contribuciones citadas pueden ser realizadas a través del aporte dinerario o en especie (insumos), recibiendo a cambio el incentivo fiscal dispuesto en la presente ley, u otros que establezca la autoridad de aplicación.
El aporte dinerario o en insumos que reciban los beneficiarios determinados en esta ley, debe estar destinado a (artículo 4): colaborar en el perfeccionamiento y modernización de la infraestructura educativa necesaria para su funcionamiento, a través de la realización de obras o tareas de mantenimiento; desarrollar, investigar y mejorar la actividad educativa; formar, educar y capacitar a integrantes de la comunidad educativa de la provincia; proveer mobiliario, equipos informáticos, material didáctico y cualquier otro equipamiento que contribuya a mejorar la calidad educativa del beneficiario; entre otros.
Se dispone, además, un plazo de 5 años, pudiendo renovarse a criterio de la autoridad de aplicación, siempre que no medie oposición de la parte interesada. La autoría del expediente es del diputado Mario Branz y pasó al Senado.

Teatro de Goya es Patrimonio Histórico
A iniciativa del diputado Jesús Méndez Vernengo, obtuvo media sanción el proyecto de ley que declara Patrimonio Histórico Cultural de la Provincia al “Teatro Vocacional Candilejas” de la ciudad de Goya, institución sin fines de lucro, cuya fundación se considera con el estreno de su primera obra, “La Enemiga” de Darío Nicodemi, el 29 de agosto de 1949, a total beneficio de la Sociedad Sportiva en el Teatro Solari (hoy municipal).
El legislador goyano sostuvo que “el trabajo que hacen tanto los fundadores como los artistas no solo se basa en transmitir sentimientos y sensaciones en una obra de teatro, sino también se trabaja mucho con lo social, con clubes, con parroquias”.
Recordó que ya fue declarado “Patrimonio Histórico Cultural” por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Goya, por su inclusiva e importante labor con toda la comunidad de la ciudad.

Ni bien sancionada en forma definitiva la ley -ahora, pasó al Senado- el Teatro Vocacional Candilejas será “un bien de interés público y su preservación es de utilidad pública”.
El proyecto cuenta, además, con el apoyo del Instituto Nacional de Teatro, al ser pionero entre los teatros vocacionales del país y uno de los pocos con esta trayectoria ininterrumpida y fecunda actividad e inserción comunitaria, señala los fundamentos del diputado goyano.
“Con una trayectoria de 76 años, el Teatro Vocacional Candilejas ha sido testigo de innumerables momentos memorables y ha dejado una huella imborrable en la escena cultural de la ciudad de Goya como también un legado de compromiso y pasión por las artes que ha caracterizado a esta institución a lo largo de las décadas.
Honremos a nuestros actores, los que están y los que se fueron de gira. Honremos al pueblo de Goya y especialmente al público que hizo de Candilejas su Patrimonio Cultural”, concluye el texto parlamentario en los considerandos.

Resoluciones
La Cámara de Diputados aprobó, además, solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, por intermedio del Ministerio de Salud de la Nación y de la Secretaría Nacional de Discapacidad, adopte de manera urgente las medidas administrativas y presupuestarias necesarias para proceder a la regularización y efectivización de los pagos adeudados a los prestadores de servicios para personas con discapacidad de la provincia de Corrientes vinculados al Programa Federal Incluir Salud, garantizando la continuidad de las prestaciones previstas en la Ley Nacional Nº24.901 y en la Ley Nacional Nº27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad.
Asimismo, se solicita al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) la regularización urgente de los pagos adeudados a los prestadores de servicios para personas con discapacidad de la Provincia de Corrientes, a fin de evitar la interrupción de las prestaciones amparadas por la Ley Nacional Nº24.901.
También se aprobó la resolución por la cual se pide a la Secretaría Nacional de Discapacidad el cumplimiento del financiamiento de las prestaciones destinadas a los residentes del Hogar Cottolengo “Don Orione”, de la localidad de Itatí, incluidos dentro del Programa Federal Incluir Salud de la Unidad de Gestión Provincial (UGP) de Corrientes.

