El doctor “Café” Giménez abordó una situación que suele presentarse después de la separación de una pareja, cuando uno de los progenitores impide o restringe el contacto del hijo con el padre o la madre que no convive con él.
En una nueva edición de Consultoría Jurídica, en PONELE H Radio-TV, el abogado Edgar “Café” Giménez explicó que. en los casos de ruptura de un matrimonio o relación de pareja, el principal derecho que debe protegerse es el del niño. Atento a que los conflictos entre los adultos no deberían terminar afectando el vínculo afectivo de los hijos con ninguno de sus progenitores.
Giménez señaló que, cuando existe riesgo de conflicto, lo recomendable es recurrir al Juzgado de Familia para establecer formalmente un régimen de comunicación. El cual puede determinar días y horarios de contacto, fines de semana, cumpleaños, vacaciones y celebraciones familiares, procurando que el niño mantenga un vínculo fluido con ambos progenitores.
Una vez establecido y homologado judicialmente el acuerdo, existe una obligación concreta de cumplirlo. Y ante un incumplimiento se pueden establecerse sanciones, según las circunstancias del caso.
El letrado destacó que la situación no se limita a la relación entre padres e hijos. También puede ocurrir que se restrinja injustificadamente el contacto de los niños con sus abuelos, tanto maternos como paternos.
En esos casos, también puede solicitarse judicialmente un régimen de comunicación que permita preservar esos vínculos afectivos, especialmente durante la infancia.
Además, aclaró que no existe un único esquema aplicable a todas las familias. Cada situación tiene sus particularidades y el régimen puede contemplar diferentes días, horarios, vacaciones y fechas especiales.
Y también señaló que pueden existir restricciones cuando se encuentra en riesgo la vida o la salud del menor o de alguna de las personas involucradas. Situaciones que deben ser evaluadas por la Justicia a partir de las circunstancias y las pruebas del caso.
El eje de la intervención del doctor Giménez fue claro, y es que cuando los conflictos entre adultos terminan interfiriendo en los vínculos familiares, la prioridad debe ser evitar que el niño resulte perjudicado.
Por eso, ante un impedimento reiterado del contacto, la vía judicial permite establecer reglas claras y proteger el derecho del menor a mantener vínculos familiares significativos.

