Luego de la aprobación de la Cámara alta, la iniciativa del Paquete Fiscal deberá regresar a Diputados por las modificaciones que sufrieron durante el tratamiento en comisiones.

El Senado de la Nación aprobó la Ley Bases y el Paquete Fiscal en General, donde se encuentran los cambios al Monotributo. Sin embargo, votó en contra del artículo 100 dentro del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que preveía la prórroga del Monotributo social en Argentina.

Esa norma, que no estaba incluida en el proyecto original, y había sido agregada durante la discusión en Diputados, aseguraba la continuidad del “Monotributo social”, beneficio para sectores de la economía popular que podían facturar por sus actividades comerciales abonando una mensualidad menor que el resto de los monotributistas.

Luego de la aprobación de la Cámara alta, la iniciativa del Paquete Fiscal deberá regresar a la de Diputados por las modificaciones que sufrieron durante el tratamiento en comisiones.

Luego de la aprobación de la Cámara alta, la iniciativa del Paquete Fiscal deberá regresar a la de Diputados por las modificaciones que sufrieron durante el tratamiento en comisiones.

Con la nueva disposición, quienes estén incluidos en esa categoría deberán abonar más. De ratificarse su eliminación en Diputados, pasarán a pagar de $3.200 a $26.600 en la categoría más baja a los 90 días de promulgada la ley.

Otro de los puntos que se modificaría en relación al anterior proyecto, es que el límite de los alquileres para las categorías más bajas suba de $87.500 al mes a $125.000, dado que se adapta a los costos que mantienen hoy en día las locaciones.

El escrito establece que las categorías del Monotributo vayan de $6.450.000 a $68 millones, en relación con la facturación anual. Mientras que el importe a pagar por alquileres y servicios sería de $26.600 a $867.084,75.

Por otra parte, no se establecerán límites para las categorías más altas según la actividad realizada por el contribuyente. Es decir que los alquileres, por ejemplo, podrán inscribirse en categorías I, J o K.

 

A quiénes afectará la eliminación de la prórroga del Monotributo Social

Es una categoría tributaria que les permite a los contribuyentes facturar, acceder a una obra social e ingresar al sistema jubilatorio.

A diferencia del Monotributo común, está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. Por lo tanto, un monotributista social paga únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social.

Además, el Monotributo social es compatible con otros programas como la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo y programas de inclusión social del Ministerio de Desarrollo Social.

Qué sucederá ahora con el Monotributo Social

El Paquete Fiscal votado este jueves por el Senado deberá volver a debatirse en la Cámara de Diputados. Si se ratifican las modificaciones, la oposición asegura que la eliminación del Monotributo Social afectará a pequeños contribuyentes.

El artículo 100 del texto rechazado en el Senado implicaba el sostenimiento dentro del Régimen Simplificado de los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

Se establecía que cuando el pequeño contribuyente sea un sujeto inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano y tenga una facturación anual menor al 50% del tope de ingresos brutos anuales de la categoría A, no debería ingresar el impuesto integrado y podría optar por no ingresar aportes al sistema de obras sociales.