Según el letrado, la realización de los trámites sucesorios y la transferencia oportuna de vehículos automotores son fundamentales para evitar responsabilidades y complicaciones legales. Ante la compra, venta o fallecimiento del titular, actuar rápido y dar continuidad al proceso registral garantiza tranquilidad y el orden patrimonial de las personas involucradas.
El proceso sucesorio relacionado con vehículos automotores es un tema que genera numerosas dudas y situaciones complejas para las personas involucradas. La importancia de realizar los trámites correspondientes se destaca especialmente ante el fallecimiento del titular registral, lo que puede derivar en responsabilidades civiles, penales y tributarias para los herederos.
En este contexto, el abogado Edgar “Café” Giménez expuso sobre el tema en su columna “Consultoría Jurídica”, en PONELE H Radio-TV, explicando que cuando fallece el titular de un vehículo, muchas veces la familia continúa utilizándolo sin realizar las gestiones necesarias.
Esto puede traer complicaciones legales, ya que, ante un procedimiento policial o de tránsito, el vehículo puede ser retenido hasta que se determine quién tiene derecho a disponer de él. Por ello, es fundamental iniciar lo antes posible el trámite sucesorio.
Denuncia de venta y transferencia
Dijo el profesional del derecho que en el caso de que el vehículo permanezca en la familia o se decida vender, es necesario denunciar el bien y realizar la transferencia correspondiente. Este proceso suele durar entre tres y cuatro meses.
No realizar la transferencia implica que los herederos asuman la responsabilidad ante cualquier incidente o siniestro, ya que el seguro tiene limitaciones y el resto de los daños deberá ser cubierto con el patrimonio del fallecido.
El vehículo automotor es un bien registrable, y quien figure como titular registral será responsable directo de los daños ocasionados. Las consecuencias pueden ser civiles, penales y tributarias, persistiendo las deudas de patentes y multas a nombre del fallecido si no se realiza la transferencia.
El juicio sucesorio
Conforme lo expuesto por el doctor Giménez, para vender o transferir el vehículo, los herederos deben obtener la autorización judicial correspondiente mediante el juicio sucesorio. Este trámite, aunque de rápida resolución para el ámbito judicial, puede resultar prolongado para quienes necesitan usar el vehículo, generando preocupaciones y posibles conflictos entre herederos.
Es esencial realizar todas las gestiones administrativas de forma urgente tras la compraventa de un vehículo, especialmente la inscripción y transferencia ante el Registro Automotor.
La falta de estas diligencias puede derivar en dolores de cabeza y complicaciones legales tanto para los compradores como para los herederos.
El seguimiento del trámite es igualmente importante; entregar la documentación al Registro no garantiza que el vehículo quede inscripto correctamente. Es necesario verificar el estado registral y asegurarse de que el bien haya sido transferido para evitar futuras responsabilidades.
La problemática no se limita a automóviles, sino que también incluye motocicletas, que deben ser transferidas y registradas como corresponde. En muchos casos, por desconocimiento o por cuestiones de costo, no se realiza la transferencia, lo que puede acarrear las mismas implicancias legales y patrimoniales.
Asimismo, destacó que en situaciones donde existen dos titulares registrales, como suele ocurrir en matrimonios, el fallecimiento de uno implica que el 50% del bien corresponde al cónyuge supérstite, mientras el otro 50% debe ser gestionado por los herederos. Para desprenderse del vehículo, es imprescindible completar el trámite sucesorio.