Argentina entró en las últimas horas previas a las elecciones legislativas. Durante este fin de semana, el país vivirá una pausa obligada en la actividad política, donde los votantes podrán reflexionar sin ruido de campaña.

Desde las 8 de la mañana de hoy comenzó a regir la veda electoral en toda la Argentina, en el marco de las elecciones legislativas nacionales del domingo 26 de octubre de 2025.

La medida impone una serie de restricciones legales y administrativas destinadas a garantizar que los votantes puedan ejercer su derecho al sufragio en un clima de reflexión, igualdad y respeto.

La veda electoral, regulada por el Código Electoral Nacional (Ley N.º 19.945), establece qué actividades están prohibidas antes, durante y después de los comicios, quiénes deben acatarla y cuáles son las sanciones en caso de incumplimiento.

Por primera vez en una elección nacional, los argentinos votarán con Boleta Única de Papel. Se trata de un sistema que reemplaza las tradicionales boletas partidarias, los sobres y el cuarto oscuro por una única hoja donde figuran todos los candidatos.

Ahora, el votante no recibe más un sobre ni tiene que buscar la boleta de su partido. En cambio, una sola papeleta reúne todas las opciones y la decisión se marca con birome, ahí mismo, en la cabina de votación.

Qué es y por qué se aplica

La veda electoral es el período previo a una elección durante el cual se restringen las actividades de campaña y propaganda política, con el objetivo de que los ciudadanos puedan tomar su decisión de voto sin presiones externas.

Comienza 48 horas antes del inicio de la votación y finaliza tres horas después de su cierre, es decir, el domingo a las 21.00 horas, cuando el proceso electoral ya se considera concluido en todo el país.

Durante ese lapso, no se pueden difundir encuestas, realizar actos partidarios ni emitir mensajes proselitistas, tanto en medios tradicionales como en redes sociales.

“La veda busca proteger la libertad de conciencia del votante. Es el momento en que se apagan los micrófonos de la política y se enciende el derecho ciudadano a decidir”, explicaron desde la Cámara Nacional Electoral (CNE).

 

Cuándo comenzó y hasta cuándo se extiende

La veda electoral comenzó el viernes 24 de octubre a las 8 de la mañana y se extenderá hasta el domingo 26 a las 21.00 horas, es decir, tres horas después del cierre de los centros de votación.

Durante estas 61 horas, ningún candidato, partido político o medio de comunicación puede difundir mensajes partidarios, encuestas o resultados anticipados.

El período alcanza también a la actividad en redes sociales, que queda incluida dentro de las restricciones. Publicaciones, transmisiones en vivo o posteos que puedan influir en la intención de voto estarán alcanzados por la normativa y podrán ser sancionados.

 

Qué está prohibido

El artículo 71 del Código Electoral Nacional enumera una serie de prohibiciones obligatorias para todos los actores políticos, los medios y los ciudadanos.

Entre las principales restricciones se encuentran:

Realizar actos públicos de campaña electoral o manifestaciones partidarias.

Difundir encuestas, sondeos o estudios de opinión vinculados con las elecciones.

Hacer proselitismo político por cualquier medio, incluido Internet y las redes sociales.

Vender o consumir bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la apertura de los comicios y hasta tres horas después del cierre.

Portar armas, banderas o símbolos partidarios dentro de un radio de 80 metros de los centros de votación.

Organizar reuniones o espectáculos públicos con connotación política.

Abrir locales partidarios en cercanías de los establecimientos de votación.

Entregar boletas o propaganda electoral fuera del cuarto oscuro.

También se prohíbe emitir publicidad política o notas que puedan influir en la decisión de voto a través de medios de comunicación, radio, TV o plataformas digitales.

Qué está permitido

Aunque el término “veda” puede sonar restrictivo, la vida cotidiana continúa con normalidad. Los comercios, restaurantes, cines y espectáculos públicos pueden funcionar, siempre que no realicen actos de carácter político ni exhiban propaganda partidaria.

Los medios de comunicación pueden mantener su programación habitual, pero deben abstenerse de emitir mensajes electorales o difundir encuestas.

Está permitido informar sobre aspectos logísticos del proceso electoral, como los horarios, padrones, protocolos sanitarios o modalidades de voto.

En el caso de las redes sociales, los usuarios comunes pueden expresar opiniones personales, pero no pueden pedir el voto ni promover candidatos durante el período de veda.

 

Las sanciones por violarla

Las violaciones a la veda están penadas por el Código Electoral y pueden implicar multas económicas, arrestos breves o inhabilitaciones temporales.

Las sanciones más frecuentes son:

Multas de entre $10.000 y $100.000 pesos por difundir encuestas o propaganda electoral.

Arresto de 15 días a seis meses para quienes vendan o suministren alcohol fuera del horario permitido.

Clausura temporal de locales comerciales que incumplan las normas.

Suspensión de funciones o sanciones administrativas para candidatos o funcionarios públicos que violen la veda.

“Las sanciones buscan disuadir las maniobras de influencia o manipulación. La veda es un tiempo de silencio que protege la igualdad de todos los votantes”, recordaron desde la Justicia Electoral.

 

La veda en redes sociales y medios digitales

Con el crecimiento de la comunicación digital, las redes sociales se convirtieron en uno de los principales focos de control.

La Cámara Nacional Electoral aclaró que la normativa también se aplica a las plataformas en línea, tanto para candidatos como para partidos y medios de comunicación.

Está prohibido:

Publicar mensajes de campaña o anuncios pagos.

Realizar transmisiones en vivo o posteos proselitistas.

Difundir encuestas, sondeos o resultados parciales.

Los usuarios particulares pueden seguir opinando sobre política, siempre que no haya intención explícita de influir en el voto.

“Las redes no están por fuera de la ley. Si un mensaje tiene contenido electoral, la veda lo alcanza, aunque se publique desde un teléfono personal”, precisaron desde la CNE.

 

Qué excepciones contempla la ley

Algunas actividades esenciales quedan exceptuadas, ya que son necesarias para el desarrollo del acto electoral.

Entre ellas se incluyen:

El traslado de urnas y materiales electorales, a cargo del Correo Argentino.

Los operativos de seguridad y custodia de fuerzas federales y provinciales.

Las tareas logísticas y técnicas de la Justicia Electoral y fiscales acreditados.

Estas personas pueden trabajar durante la veda, pero deben mantener neutralidad política y no participar en ningún tipo de manifestación partidaria.

 

Por qué la veda es clave para la transparencia

Lejos de ser una formalidad, la veda electoral cumple un rol esencial para preservar la transparencia democrática.

Al suspender toda propaganda, busca garantizar un terreno parejo entre los candidatos y evitar que el poder económico o mediático altere el voto ciudadano. “La veda es el tiempo del votante, no de los políticos”, subrayan en la Cámara Electoral.

En muchos países del mundo, incluido Argentina, la veda es considerada una práctica democrática fundamental, que refuerza la legitimidad de los resultados y promueve la serenidad social en los días previos a las urnas.

 

Qué no se puede publicar durante el domingo de votación

Durante la jornada electoral del domingo 26, estará prohibida la difusión de encuestas, sondeos, bocas de urna o resultados anticipados antes de las 21.00.

Los medios de comunicación sólo podrán informar sobre la asistencia a las urnas, el clima electoral y la organización del proceso.

El escrutinio provisorio oficial será difundido por el Ministerio del Interior a partir de las 21.00 horas, tal como lo establece la normativa vigente.

 

Dónde denunciar violaciones a la veda electoral

La Cámara Nacional Electoral habilitó canales oficiales para denunciar infracciones a la veda, como propaganda en medios, actos públicos o publicaciones partidarias.

Los reportes pueden realizarse a través de:

Sitio web: www.padron.gob.ar

Teléfono: 0800-999-7237

Correo electrónico: denuncias@pjn.gov.ar

Cualquier ciudadano puede realizar denuncias, que luego son evaluadas por la Justicia Electoral o el Ministerio Público Fiscal.