Harto de reclamos al Gobierno nacional para que se ejecute el reacondicionamiento de la destruida vía de acceso a la ciudad y al Puente Internacional, el intendente Martín Ascúa tomó la trascendente decisión. Decidió el recambio del pavimento dañado en la ruta.

El intendente de Paso de los Libres, Martín Ascúa, tomó una decisión sin precedentes y ordenó la reparación provisoria de la Ruta Nacional (RN) N°117, a pesar de no ser responsabilidad del Municipio.

Tras años de abandono por parte de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y la concesionaria Caminos del Río Uruguay SA. El Jefe Comunal resolvió intervenir ante el evidente deterioro del tramo que conecta la ciudad con el Puente Internacional “Agustín P. Justo-Getulio Vargas”, y que pone en peligro la vida de miles de libreños y visitantes que circulan por allí diariamente.

En el considerando de la resolución firmada por Ascúa, se detalla cómo el Municipio agotó todas las vías legales y administrativas posibles. A pesar de enviar cartas documento (CD 270178805 y CD 117439037) y promover una acción judicial de amparo ante el Juzgado Federal local, la respuesta de los organismos responsables fue un reconocimiento tácito de la destrucción de la vía, pero sin soluciones inmediatas.

La DNV admitió en varios informes internos que desde 2001 no se realizó ninguna obra significativa en el tramo crítico entre el Kilómetro 8 y el inicio del puente, agravando una situación que fue advertida desde hace años por memorándums internos y reportes de supervisión que nunca derivaron en acciones concretas.

El Intendente libreño, basándose en las facultades que le otorga la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Corrientes y la Carta Orgánica Municipal, resolvió ejecutar trabajos mínimos de reparación y mantenimiento para salvaguardar la seguridad vial. Una decisión que busca evitar accidentes y proteger a la comunidad mientras los responsables nacionales y la concesionaria privada continúan sin dar respuestas ni comprometerse a solucionar el problema en el corto o mediano plazo.

Con esta acción, el Municipio no sólo interviene para evitar el daño, sino que reclama que los costos sean reembolsados por las entidades responsables. Amparado en el artículo 75 inciso 30 de la Constitución Nacional, el 234 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, el artículo 1.710 inciso b del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 19 inciso 25 y 29 de la Carta Orgánica Municipal.

La obra será realizada con señalización y medidas de prevención adecuadas, sin cortar totalmente el tránsito.

Además, el alcalde local invitó al Concejo Deliberante a declarar la Emergencia Vial en la Ruta Nacional N°117 y respaldar institucionalmente esta medida.