El doctor “Café” Giménez abordó la problemática de la talla grande en la indumentaria argentina, centrándose en la Ley N°27.521. Abordó las confusiones y realidades que enfrentan los consumidores y los comercios respecto a la oferta de talles diversos.
En su columna semanal Consultoría Jurídica, en PONELE H Radio-TV, el reconocido abogado Edgar “Café” Giménez analizó la Ley N°27.521, conocida como la Ley de Talles, que establece que “cada comercio debe exhibir una tabla o cartel con los diferentes talles de ropa que ofrece”.
Según el profesional, la norma no obliga a todos los comercios a disponer de todas las tallas, sino a informar claramente cuáles venden. “Esto se aplica tanto a negocios físicos como a los comercios online, garantizando una atención digna y equitativa para todos los clientes. La finalidad es evitar la discriminación y la vergüenza que muchas personas de talla grande sienten al preguntar por prendas acordes a sus necesidades”, explicó.
Según encuestas, uno de los principales inconvenientes que más del 70% de los argentinos enfrenta es la dificultad para comprar ropa debido a la escasez de talles variados. La ley busca proteger de manera equitativa y moral a estos clientes, pero su aplicación es limitada y muchos comercios aún ofrecen un trato discriminatorio a las personas de talla grande.
“El gran problema radica en la falta de cumplimiento y fiscalización, pues la ley fue aprobada en 2019 y reglamentada en 2021, pero sigue sin aplicarse de forma efectiva”, aseveró Giménez.
La realidad del mercado argentino es que no existe la obligación de ofrecer ropa de talla grande; cada comercio decide qué vender según lo que considere rentable. Lo que genera que muchas tiendas no tengan prendas adecuadas para personas con físicos distintos al promedio.
Además, la situación se agrava en el caso de calzado, donde encontrar números grandes es igual de difícil, incluso en grandes ciudades como Buenos Aires.
Impacto social y necesidad de protección
La discriminación no sólo se da en el trato directo, sino también en la estructura misma de la sociedad de consumo. “Personas de talla grande enfrentan obstáculos para conseguir ropa, calzado, e incluso artículos para el hogar, como camas”, explicó el doctor Giménez.
El Estado debería garantizar la protección de estos ciudadanos, permitiéndoles una cotidianeidad digna; “sin embargo, el principio de libre mercado prevalece y limita la producción y comercialización de talles diversos”, aseveró.
Conforme expuso el profesional, la ley exige que los talles estén identificados desde los 12 años en adelante, “pero muchos niños de menor edad, por su contextura, enfrentan graves dificultades para encontrar ropa adecuada. Esto genera situaciones traumáticas tanto para los menores como para sus familias, quienes a veces deben recurrir a ropa de adultos”, relató.
Procedimientos ante discriminación
“Café” Giménez aclaró que en caso de sufrir discriminación o maltrato “la persona puede realizar una denuncia amparándose en la Ley del Consumidor o en las legislaciones específicas contra la discriminación, que contemplan sanciones penales para el comercio infractor.
Es fundamental que los negocios estén preparados para ofrecer una atención digna y equitativa a todos sus clientes, sin distinciones”, subrayó.
La falta de oferta y el maltrato generan un impacto psicológico significativo en las personas de talla grande, quienes viven situaciones traumáticas al momento de comprar ropa o calzado.
La ley debería ser aplicada y fiscalizada de manera rigurosa, pero actualmente la realidad comercial prioriza los talles más demandados y deja de lado a quienes no encajan en los estándares de la industria.
El Estado tiene la responsabilidad de proteger a estos ciudadanos para garantizarles igualdad y dignidad en su vida cotidiana.

