FIESTAS SIN ESTRUENDOS
El Municipio Libres recuerda que está prohibida la venta y el uso de pirotecnia sonora

El objetivo es el cuidado de la salud de personas mayores, con discapacidad, bebés y mascotas. La Ordenanza 1.433/20 establece graves multas y sanciones en caso de venta y/o utilización de pirotecnia sonora.

El Municipio de Paso de los Libres, en el marco de las fiestas de Navidad y Fin de Año, recuerda que se encuentra prohibida la comercialización y el uso de pirotecnia sonora, ya que produce efectos negativos en la salud de personas con discapacidad, mayores, bebés y también de las mascotas.

La ordenanza 1.433/20 establece graves multas y sanciones en caso de venta y/o utilización de pirotecnia sonora. El texto legal establece que se prohíbe la venta y utilización de pirotecnia generadora de alto impacto sonoro, la cual abarca los productos que se detallan a continuación, incluyendo cualquier otra categoría que provoque el mismo efecto y que tenga similares características: Mortero estruendo monodisparo, mortero estruendo disparos múltiples, mortero con bomba, bomba.

A su vez se disponen serias multas y sanciones que van desde los 1.000 litros de nafta súper, hasta los 2.000, en caso de reincidencia. A su vez, el comercio podría ser clausurado hasta 90 días por la infracción a dicha normativa.

 

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